* POR JULIÁN HOFELE

“Nosotros no pedimos ninguna reforma laboral. Un mercado laboral demasiado rígido es malo y demasiado flexible también es malo ”. La frase pronunciada por Roberto Cardarelli, el economista que conduce la misión del FMI en la Argentina, tras reunirse con la CGT expone aún más al gobierno nacional en su tozuda voluntad de avanzar en torno a modificaciones de la legislación laboral que no cuentan con el mínimo consenso necesario.

En las últimas horas se conoció un adelanto de lo que desde el Ministerio de Producción y Trabajo denominan «Leyes para la Transformación Productiva», presentadas a empresarios y legisladores con la esperanza de que sean sancionadas en el futuro inmediato.

La primer pregunta que surge es entonces: ¿qué hay de novedoso o transformador en esta presentación? La respuesta no sorprende: nada. De ser aprobadas iniciativas como las que se promueven lo único que generarían es la continuidad en la baja de la calidad del empleo conjuntamente con la pérdida de derechos de las trabajadoras y trabajadores. Equivocándose por convicción o a sabiendas de los efectos generados (evitando la polémica sobre la intención en esta oportunidad), el proyecto político de CAMBIEMOS elige una y otra vez soluciones que no son tales profundizando la destrucción de puestos de trabajo de calidad, aumentando el desempleo y la precariedad laboral.

UN ENGAÑOSO TÍTULO

Sin embargo la forma que encuentra de presentarlos discursivamente invita a creer que se trata de una ampliación de derechos, en este caso bajo el engañoso título de “ Ley de Fortalecimiento de los derechos de los trabajadores informales ” propone:

– Condonar deudas y eximir de sanciones administrativas o responsabilidad penal a empleadores que evadan aportes y contribuciones de la seguridad social;

– Reducir las multas que debe abonar el empleador a quien contrata en forma clandestina y las destina a la seguridad social en vez de al principal damnificado por dicha situación;- Eliminar la indemnización agravada en favor de la trabajadora o el trabajador por la falta de registración de su contrato y reducir la que le corresponde por la falta de entrega de sus certificados de trabajo;

– Además invita a negociar colectivamente y aprobar fondos de cese laboral entre gremios y cámaras empresarias a fin de que las indemnizaciones por despido surjan del propio salario y no estén en cabeza de los empleadores.

EL CASO DE LOS TRABAJADORES INFORMALES

Nos detenemos entonces en las consecuencias concretas sobre cada persona que se encuentra contratada irregularmente y como esto desequilibra aún más la balanza de las relaciones laborales. En la actualidad, una trabajadora o trabajador cuya relación laboral no se encuentra registrada cuenta con la posibilidad de intimar a su empleador a que regularice su situación bajo apercibimiento de considerarse en situación de despido, entendiendo que la negativa a hacerlo constituye una injuria de carácter suficiente para impedir que el vínculo perdure.

En muchos casos, cuando quien trabaja intima a que se registre correctamente la relación laboral, la consecuencia directa o indirecta del reclamo es el despido. Ante ello, las indemnizaciones agravadas que le corresponde percibir, si logra probar la clandestinidad de la relación, son una de las alternativas legales de protección más valiosas con las que cuenta.

El carácter disuasorio de las multas por incorrecta registración representa uno de los mayores temores de los empleadores para contratar sin registrar (felizmente hemos abandonado la peyorativa, y cuando no racista, expresión “en negro” para referirnos a ello), siendo estas una importante herramienta con la que cuentan las trabajadoras y trabajadores para reclamar el cumplimiento de la ley o tener un justo (aún siendo insuficiente en la actualidad) resarcimiento tras la situación de desamparo que tuvieron que atravesar al trabajar sin cobertura de salud ni percibiendo aportes para su futura jubilación. La eliminación, reducción o traslado a la seguridad social de este tipo de multas de carácter indemnizatorio son sencillamente una invitación a los empleadores a contratar sin registrar.

En resumen, el marketinero título que pretenden dar en la cartera de Sica a las ya oxidadas de tanto ser presentadas, recortadas y representadas iniciativas de blanqueo y reforma laboral se cae tan solo de leer las propuestas, viejas recetas de flexibilización labor al que fallaron cada vez que pretendieron aplicarlas en nuestro país.

El análisis de las consecuencias sobre el mundo del trabajo, la desocupación, la calidad del empleo y el impacto fiscal de este tipo de iniciativas fue largamente discutido y criticado en las anteriores presentaciones de esta iniciativa, entre otros destaco un completo informe del CETyD (Capacitación y Estudios sobre Trabajo y Desarrollo) que puede leerse en el siguiente enlace: http://noticias.unsam.edu.ar/wp-content/uploads/2018/11/reforma.pdf

* Julián Hofele es abogado laboralista